Impulsa Eduardo Leal cárcel para incendiarios
Hasta diez años de prisión y multas hasta de tres mil UMAS tendrán las personas que provoque intencionalmente un incendio de acuerdo a una propuesta aprobada por el Congreso Local e impulsada por el Diputado Eduardo Leal Buenfil.
En Sesión Ordinaria se aprobó reformar el artículo 446 y la adición de un artículo 446 bis al Código Penal para el Estado de Nuevo León, en relación a las sanciones para quienes de manera intencional, imprudencial o dolosamente propicie, ordene, realice o autorice un incendio forestal.
El dictamen de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública contiene una propuesta de los legisladores del PAN, Mauro Guerra Villarreal y Leal Buenfil.
El dictamen señala que en los últimos años, Nuevo León ha sido víctima de diferentes incendios forestales en diferentes áreas de sus zonas ecológicas, especialmente de la sierra del municipio de Santiago.
Asimismo, se señala que en la mayoría de las ocasiones estos son causados por actividades humanas que por descuidos o imprudencia se convierten en incendios y llegan a afectar a miles de hectáreas del ecosistema y a un gran número de familias que, al verse obligados a evacuar sus hogares, pierden su patrimonio.
“Que se sancione a quien provoque una explosión, inundación, incendio o bien realice pintas, sin importar el material ni el instrumento, sin la autorización o permiso de la autoridad competente, que causen daños a la salud pública, flora, fauna o a los elementos naturales de un ecosistema, tal y como hoy por hoy está enunciado en la legislación estatal penal; y que las sanciones previstas en el primer párrafo del artículo 446 se aumenten hasta en una mitad cuando la explosión o incendio a que se contrae la fracción III del propio artículo, se provoquen en un terreno forestal”, señala el dictamen.
El dictamen fue aprobado por unanimidad por los integrantes del Poder Legislativo.